Modificaciones de la moral ocurridas en el transcurso del tiempo

Y sin embargo ha habido modificaciones dentro de la tradición sexual judeocristiana, la más fundamental de ella no demasiado alejada en el tiempo, fue en 1930, durante la celebración de la Conferencia de Lambeth de la Iglesia Anglicana, cuando se levantó la expresa condena que existía con anterioridad sobre la anticoncepción. En la Conferencia de 1958, la Iglesia Anglicana, proclamó la obligación que incumbía a los cristianos de controlar la natalidad y permitió el uso de los anticonceptivos. Esta fue la primera vez en 3.000 años en que la práctica sexual pasó a considerarse moralmente aceptable, pese a que la concepción hubiese sido imposibilitada mediante medios artificiales.

La virginidad de la novia (pero no la del novio) resulta vital en muchas sociedades. Un grabado chino nos muestra como tras la noche nupcial se enseñaba la sábana manchada de sangre. Ritual que los gitanos españoles todavía realizan.
Quizá gracias a ello, el control de la natalidad goza de aceptación en alrededor del 70% de los hogares católicos de Estados Unidos, a pesar de las condenas papales. Es aún pronto para advertir qué otras repercusiones tendrá tal decisión en otros aspectos de la moral sexual. En este sentido ciertos sectores de la Iglesia Anglicana han mostrado una actitud conciliadora hacia aquellos que se declaran homosexuales practicantes.

La separación entre cristianos y judíos, que tuvo lugar en el siglo primero de nuestra Era, trajo consigo un cambio si cabe de mayor trascendencia: la adopción de la monogamia. Según parece, en el mundo grecorromano el matrimonio monógamo era el más extendido en el comienzo de la era cristiana.

Mikvah, baño ritual de los judios. Grabado centroeuropeo, s. XVIII.
Como se puede apreciar, el cristianismo no introdujo la monogamia entre los paganos, sino que más bien acogió en su seno una institución pagana al mismo tiempo que abandonaba la costumbre judaica. La ruptura entre las comunidades judía y cristiana, marcó también un hito en el proceso de abandono de la noción de contaminación ritual para adoptar la de pecado personal. Como consecuencia de ello los cristianos dejaron de frecuentar la mikvah, casa de baños donde las mujeres debían acudir durante la menstruación y después del parto con el fin de desprenderse del "estado de impureza" en el que estaban sumidas. Entre los cristianos, excepción hecha de los ortodoxos orientales, las mujeres menstruantes no son objeto de discriminación alguna, y tampoco se considera pecaminoso que un varón mantenga relaciones sexuales con su esposa durante el período. Sin embargo, la ley judía ortodoxa proscribe aún hoy el coito en dichas circunstancias.


Fue Santo Tomás de Aquino el que precisó que la comisión de un pecado exige un acto consciente y voluntario. De ahí que las poluciones nocturnas no supongan pecado en sí mismas, pero sí la masturbación, que es un pecado gravísimo (la posición de la iglesia Judía Ortodoxa sobre la masturbación parte de que supone un voluntario desperdició de "aliento natural", en otras palabras, la muerte de la futura progenie. Como consecuencia de ello, algunos moralistas judíos han Ilegado a reclamar que sea castigada con la muerte).

Vamos analizar algunos de los temas más comprometidos para la moral judeocristiana:
Alfonso VI de Castilla tuvo relación incestuosa con sus dos hermanas, Urraca y Elvira. La primera relación está aceptada por don Ramón Menedez Pidal, la segunda, aunque admitida por otros hispanistas, don Ramón la consideraba dudosa o por lo menos no tan clara como la primera.
El incesto.
Un examen detenido de la Biblia demuestra que los preceptos sobre este tema variaron incluso durante la creación de las Escrituras. Como ejemplo de tales discrepancias, puede señalarse que los judíos ortodoxos admiten el matrimonio entre tío y sobrina, pero no entre tía y sobrino. También permiten el matrimonio entre hermanastros y hermanastras y entre primos carnales, que es tabú entre los cristianos ortodoxos orientales y ocasionalmente admitido en otras confesiones. Más aún, la ley judía tradicional ha permitido e incluso alentado el matrimonio entre el varón y la hermana de su mujer fallecida o la viuda de su hermano fallecido.

Por el contrario, los cristianos se vincularon a una comunidad internacional de mayor entidad en la que los lazos conyugales con parientes de sangre o políticos no resultaban beneficiosos. Era sin duda más provechoso ligarse con personas ajenas al círculo familiar, y esto causó que la lista de matrimonios sin parentesco comenzara a engrosar. Si bien las reglas han fluctuado considerablemente, en el momento actual, el matrimonio entre primos carnales es posible en el ámbito de la Iglesia Católica, siempre, eso sí, mediante dispensa.


El Antiguo Testamento de la Biblia narra el incesto de Lot con sus hijas. Pintura de Hendrick Goltzius, 1616, Rijksmuseum Amsterdam
Puedes leer la historia de Lot resumida al final de la página.


Miniatura del siglo XV. En la Edad Media se desarrolló el concepto de Amor Cortés: se puede ver pero no tocar... Se prohibió la expresión abierta del deseo sexual pero se sugirió que el amor y la admiración podían existir entre el deseo erótico y el logro espiritual. El amor cortesano se asocia con el caballero que se enamora de la mujer pura. La admira desde lejos, va a la guerra por ella y sacrifica su vida. A partir del Renacimiento se denominará amor platónico.
El celibato.
El ejemplo de Jesús servía para que el estado de soltería apareciera como ideal de vida entre los cristianos. El mismo San Pablo afirmaba que aunque el matrimonio era bueno, el celibato tenía más valor: para aquellos que fueran incapaces de ejercer el autocontrol, "resultaba mejor casarse que arder de pasión" (Corintios 1 7, 8-9). La inclinación de la Iglesia hacia el celibato fue objeto de los ataques de Lutero y demás reformadores, cuyos esfuerzos iban encaminados a elevar la condición del matrimonio, aunque al mismo tiempo negasen el carácter de sacramento y admitiesen el divorcio.
















La sodomía.

Casi siempre ha sido sinónimo de homosexualidad. Los romanos la consideraron, al parecer, como una forma de fornicación sin más, pero que en ciertos casos era penada con la privación de la mitad de las propiedades del reo. A partir del cristianismo algunos emperadores instituyeron castigos mucho más severos. Durante el reinado de Valentiniano I, emperador cristiano de siglo IV, los reos de sodomía eran quemados vivos. Por su parte, Justiniano, en el siglo VI, comenzó a introducir la pena de castración, que fue la más extendida a lo largo de la historia de Bizancio, si bien la pena de muerte estaba, al menos sobre el papel, aún en vigor. En la Europa occidental de la Edad Media solía acusarse de sodomía a los herejes y demás reos que en cualquier caso iban a ser ejecutados, por lo que la actitud legal de la época hacia la homosexualidad no aparece delimitada con claridad.

Auto de fe presidido por santo Domingo de Guzmán, en que se ve a sodomitas en el patíbulo, encargado por el inquisidor Torquemada al pintor Pedro Berruguete finales del XV.
La muerte de tres homosexuales. Xilografía. Lipsia, 1474. Cualquier forma de relación sexual que no contribuyera a la concepción ha sido perseguida brutalmente.













































La violación.
Representación de un caso de violación, de Martin Van Maele, ilustrador francés, 1863-1926, conocido por sus dibujos eróticos y pornográficos.
Los indicios mas antiguos sobre la tipificación del delito de violación se remontan al Código de Hammurabi, del año 1760 A.C. El Código de Hammurabi no reconocía la independencia de las mujeres, diferenciando únicamente entre una mujer casada y una mujer virgen pero prometida. Según esta clasíficación si un hombre violaba a una mujer virgen, su castigo era la muerte; mas si la violación era cometida en contra de una mujer casada, ésta debía compartir la pena con su agresor sin que se tomen en cuenta las circunstancias en que se cometió la violación, siendo la pena de muerte mediante el ahogamiento, pues tanto la mujer como su agresor eran arrojados a un río, del cual si el marido de la agraviada así lo deseaba podía sacarla del río. El Código de Hammurabi asímilaba también a la violación con el incesto, que era un delito sancionado con la expulsión del violador fuera de las murallas de la ciudad.

La leyenda sobre el origen de Roma cuenta sobre la violación de Rea Silvia por parte de Amulio, por cuyo hecho quedaría embarazada de Rómulo y Remo, quienes fueran los míticos fundadores de Roma. Posteriormente a éstos hechos, la violación de Lucrecia sería el punto final de la época monárquica en Roma dando paso a la República.

(Lucrecia es un personaje perteneciente a la historia de la antigua Roma, coetánea del último rey romano Lucio Tarquinio el Soberbio (534-510 a. C.). Hija del Ilustre Romano Espurio Lucrecio Tricipitino, contrajo matrimonio con Colatino. Fue víctima de una violación por parte del hijo de Lucio Tarquinio. Este ultraje y el posterior suicidio de Lucrecia, influyeron en la caída de la monarquía y en el establecimiento de la República. Su pariente Lucio Junio Bruto fue líder de la revuelta que se organizó contra el rey Lucio Tarquino el Soberbio y después proclamó la República, en el año 509 a. C. A partir de estos hechos, ya no fueron elegidos más reyes. En su lugar fueron elegidos para gobernar los pretores, que más tarde fueron llamados cónsules. Es el camino hacia la República romana.)


En la Roma imperial la violación ocupaba un lugar importante en la vida sexual, se atropellaba sin vergüenza y se consideraba que el individuo forzado obtenía placer de ello. El modelo de la sexualidad romana era la relación del amo con sus subordinados (esposa, pajes, esclavos), es decir, el sometimiento. El placer femenino era totalmente ignorado o presupuesto. En la moral sexual la oposición era someter/ser sometido. Someter era loable, ser sometido era vergonzoso solamente si se era un varón adulto libre. Si se era mujer o esclavo era lo natural.
En tiempos de Constantino, era un delito grave: podía incluso castigarse a las víctimas por no haber sabido evitaría con sus gritos. De este modo, una muchacha virgen violada podía ser condenada a morir en la hoguera. Apenas si hay textos que hablen de la víctima como tal. El peso de la vergüenza y el deshonor familiar hacía que las mujeres violadas nunca denunciaran.

En la edad media, la violación conjuntamente con otras clases de trasgresiones de carácter sexual fueron castigadas severamente en Europa, encontrándose penadas desde el siglo XI hasta el siglo XVI como el delito de forzar o fuerza de mujer, razón por lo que los escritos medievales tratan a la violación mencionando hechos como la conoció por la fuerza. En la edad media, el aspecto según el cual se configuraría el delito de violación no era el consentimiento sino la honorabilidad de la mujer, razón por la cual era muy común que las violaciones que se cometían en contra de mujeres amancebadas, prostitutas o criadas queden impunes y eran muy comunes las violaciones cometidas por personas de clases sociales privilegiadas en contra de mujeres de clases sociales bajas y desprotegidas, tales como las críadas que se encontraban desamparadas de la justicia, lejos de su hogar y sus familias y en un estado de total sometimiento y dependencia a los patronos.
 
Justamente en la edad media aparece una figura jurídica conocida como el derecho de pernada (en latín vulgar medieval, Ius primae noctis, que en castellano significa El derecho de la primera noche) era, teóricamente, un derecho feudal tácito que establecía la potestad señorial de tener relaciones sexuales con toda doncella, sierva de su feudo, en la primera noche cuando se fuera a casar con otro siervo suyo. Esto le daba a su siervo ciertos derechos, como por ejemplo cazar en los campos pertenecientes al señor feudal. Se considera que este derecho tuvo vigencia durante parte de la Edad Media de Europa occidental (aunque hay paralelismos en otras partes del Mundo) como componente del modo de producción feudal. Suponía, por tanto, la posibilidad de una violación legal de cualquier mujer dentro del vasallaje. Esto llevó a numerosos conflictos y reyertas, y de ello se han hecho eco la literatura como en la obra Fuenteovejuna de Lope de Vega y en La catedral del mar de Ildefonso Falcones, o el cine, con la película Braveheart de Mel Gibson.
Escena de una violación, por Utagawa Kuniyoshi
En general dentro de la cultura musulmana, la violación es un delito que se considera como tal cuando un hombre ha violado a una mujer casada o virgen no emancipada, siempre y cuando la mujer haya estado cumpliendo las normas sociales, tales como el uso de la burka, el ir acompañada de una persona de sexo masculino que generalmente es su padre o su marido. Se ha debatido la posibilidad de que las mujeres musulmanes lleven un parche en el ojo para evitar miradas a hombres que podrían considerar esas miradas como muestra de consentimiento. Dentro del sistema judicial de los países musulmanes, es la mujer quien debe demostrar su inocencia en un caso de violación siendo irrelevante el hecho de que ella sea la víctima del delito. El sistema exige que la mujer demuestre su inocencia presentando a cuatro testigos presenciales del hecho.
Condenada por sufrir una violación: noticia extraída del periódico El Mundo.

La violación como un delito de guerra: A lo largo de la historia se han dado casos de violaciones masivas de mujeres en situaciones de conflictos bélicos, lo que ha sido considerado un delito de guerra, pese a haber quedado impune dicho acto. Este delito está movido por el odio, el fanatismo y en ocasiones la venganza, y se hace buscando el daño más humillante y doloroso a la víctima, por lo que su crueldad es máxima.
El divorcio.
Tanto la ley mosaica como el Derecho romano lo permitían. En este sentido, según Plutarco, las primeras leyes romanas, de las que por tradición se hacía responsable a Rómulo, sólo permitían al marido solicitar el divorcio, y esto en el caso de que la mujer fuera adúltera, hubiese envenenado a los hijos o robado las llaves para acceder a la bodega. Se pensaba que la bebida conducía sin remisión al adulterio, y por ello en la primitiva Roma, una mujer acusada de beber en exceso o cometer adulterio podría ser condenada a muerte. Con el tiempo las leyes relativas al divorcio cambiaron introduciéndose nuevas causas para solicitarlo. Así, durante el Imperio, las mujeres estaban facultadas para entablar una acción de divorcio, pero nunca sobre la base del adulterio del marido.








La fornicación

Para los romanos sólo suponía delito si en ella participaba una mujer romana de la clase alta. Un hombre podía frecuentar los burdeles sin por ello ser acusado de fornicación, pero a las mujeres se les vedaba el mantener relaciones sexuales extramatrimoniales.





Postura del misionero, grabado que representa los amores de Marte y Venus, paradigma de la fornicación divina.
Pareja haciendo el amor (Museo de Cerámica, Bogotá). Esta pieza de cerámica de la cultura tumaco representa un acoplamiento sexual como expresión plástica del culto a la fecundidad. Presuntamente se empleaba como fetiche simbólico para potenciar la virilidad. En el arte de las sociedades preincaicas, el acto sexual se mostraba sin tapujos y de manera natural, en todas las posturas imaginables en escenas orgiásticas o a dúo con miembros de indistinto sexo, o como mera exhibición exagerada de los genitales masculinos.

El derecho romano también penaba en cierto modo el celibato y la ausencia de hijos al otorgar sustanciosos privilegios a las familias con numerosa prole. Por lo tanto, las personas solteras o casadas sin hijos sufrían una discriminación económica y social.

Escena de fornicación extraída de un códice del siglo XIV en Italia.




El establecimiento del cristianismo como religión oficial del Imperio tendió, al menos en el de Occidente, a convertir los delitos sexuales y los conflictos conyugales en materia de los tribunales eclesiásticos.

Ilustración del amor profano, de un burdel en en entorno del Gran Ducado de Borgoña, primera mitad del siglo XV

La codificación de los delitos sexuales que el cristianismo hizo, intentaba ayudar a los clérigos a imponer penitencias de una manera organizada. Así, el código irlandés del siglo VI, atribuido a san Columbano, establecía una pena de 10 años de prisión para el monje o clérigo que cometiera sodomía, mientras que para el pueblo llano la pena era sólo de 7. En ambos casos, al reo sólo se le permitía tomar pan y agua, sal y verduras secas. En el "Libro de David", del siglo VI, las poluciones nocturnas tenían carácter de pecado. Como penitencia, el pecador debía cantar 7 salmos al despertar y mantenerse todo el día a pan y agua.

Ilustración miniada del siglo XIV. Cualquier postura que no fuese la habitual y común "...del misionero" se consideraba antinatural y para la Iglesia un pecado. Por tanto el sexo anal y oral eran pecados graves ya que su único fin era el placer y no la procreación, que para la Iglesia era la unica finalidad de la relación sexual.

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Visualiza el vídeo sobre la sexualidad en la antigua Grecia y Roma. Muy clarificador para definir dónde se encuentran las raíces de muchas conductas e incluso de la legislación que luego será aplicada en occidente tras la caída del Imperio Romano y su cristianización.

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HISTORIA DE LOT
Lot era hijo de Arán (Harán en algunas versiones), hermano de Iscá y Mildá. Acompañó a su tío Abraham en el viaje a Canaán llevando consigo a su mujer y sus hijas y se situaron en un punto intermedio entre las llanura de Sodoma y el monte de Hebrón. Era además Lot poseedor del sacerdocio de Melquisedec al igual que Abraham, quienes lo recibieron del mismo Melquisedec, rey de Salem (Gen.14: 18). Tanto Lot como su tío Abraham, anduvieron juntos por un tiempo no determinado.
Por algún motivo no muy claro, Abraham y Lot contendieron por la tierra donde debían asentarse y decidieron que debían separarse, así que Lot por mutuo consentimiento y en buenos términos, se separó de Abraham. Abraham se fue al encinar de Hebrón, al norte, y Lot se instaló en la llanura de Sodoma y Gomorra.
Lot plantó sus tiendas a las puertas de Sodoma y permaneció allí. Los reyes de Sodoma y Gomorra sostuvieron en ese tiempo una guerra contra reinos vecinos. Estos reyes fueron vencidos en una batalla en Sidim, y Lot y su parentela fueron hechos prisioneros. Abraham supo de la suerte corrida por Lot y organizó un rescate. Lot, sus bienes y su gente fueron rescatados exitosamente y volvieron a Sodoma. A partir de este instante, se empieza a escribir los últimos capítulos de estas ciudades.
Sodoma y Gomorra fueron destruidas conjuntamente con Adma y Zeboím (Deuteronomio 29.23).
Huyó de Sodoma antes de su destrucción, avisado por ángeles de Yahveh. Su mujer al darse vuelta (desobedeciendo el mandato de Yahveh) se convirtió en estatua de sal.
Cuando escapó de Sodoma, pidió a los ángeles enviados por Yahveh que pudiera huir a la pequeña ciudad de Zoar, y estos le dijeron que no se destruiría esa ciudad y que él la utilizaría como ruta de escape.
Finalmente, Lot tuvo miedo de vivir en Zoar (quizás por ser la única ciudad superviviente), y fue al monte a vivir con sus hijas y habitaron en una cueva.
Ocurre ahí que sus hijas, preocupadas al no encontrar varones con los que asegurar su descendencia en la tierra en la que habían entrado, emborracharon a su padre y fornicaron con él, la mayor la primera noche y la menor la segunda, sin que aquél se diese cuenta.
Nuestro padre es viejo, y no queda ningún hombre en la tierra que se una a nosotras, como es la costumbre en toda la tierra. Ven, demos de beber vino a nuestro padre, acostémonos con él y conservemos descendencia de nuestro padre. Génesis 19:31
De esa manera, las dos concibieron de su padre y tuvieron descendencia. El primero de lo hijos fue llamado Moab (del hebreo "del padre" ) que cuya descendencia daría lugar a los llamados moabitas (Génesis 19:30-38). La tierra de Moab estuvo ubicada en el lado sur oriental del llamado Mar Salado y forma parte de la llamada Península de Lisán. El segundo fue llamado Ammon o Ben-Ammi (en hebreo, lit., "hijo de mi gente"). Fue el patriarca de la nación de Ammon, los amonitas.
























2 comentarios:

  1. Puedes consultar la bibliografía en https://sites.google.com/site/hasexualidad/bibliografa-consultada

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